Descubra los 3 objetivos de la Directiva Solvencia II

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En los últimos 5 anni il aseguradoras Han tenido que afrontar retos importantes como la elasticidad del mercado de capitales, cambios drásticos a nivel legislativo (requerimientos adicionales de auditabilidad y transparencia) y el desempeño de las inversiones.

Ante esta situación, il Directiva europea Solvencia II, con la intención de que las compañías de seguros mantengan un volumen total de provisiones técnicas y un capital de solvencia que garantice su estabilidad ante fluctuaciones externas adversas.

Su finalidad última se centra en intentar que las compañías mantengan un nivel económico acorde con los compromisos asumidos, garantizando al mismo tiempo la protección de los asegurados.

Solvencia II

Objetivos de la Directiva Solvencia II / Solvencia 2

Como todas las normativas europeas, il Directiva Solvencia II Consta de una serie de objetivos, que podrían resumirse en los siguientes principalmente:

1. Fortalecimiento de la protección de los asegurados por medio de garantías de provisiones técnicas por reservas de efectivo y requisitos de capital que establecen un colchón de seguridad que posibilita reaccionar ante un factible deterioro de la situación patrimonial de la aseguradora.

In particolare, Solvencia II tiene como objetivo reducir el riesgo de que una aseguradora no pueda pagar las reclamaciones. Allo stesso tempo, pretende evitar o al menos reducir los siniestros que sufra el asegurado en caso de que por último la compañía quiebre, fomentando así la confianza en la estabilidad del sector asegurador.

Una forma de lograr estos objetivos sería a través de un sistema de alerta que permitiría intervenir siempre que el capital caiga por debajo de un determinado nivel, opción que además está prevista en la propia directiva, aún cuando en la práctica la existencia de tal sistema exige que el nivel de capital sea coherente con el nivel de riesgo que cada osos de compañía.

2. Dar más libertad para las aseguradoras para que puedan seleccionar su perfil de riesgo (dentro de los márgenes de su capital).

In realtà, la Directiva obligará, por una parte, a los aseguradores a ajustar sus propios recursos a un nuevo sistema de control de riesgos A la medida del perfil de cada entidad, un control que indudablemente será estricto y riguroso, pero que por otra parte brindará más libertad de inversión a las aseguradoras, y esta se brindará exactamente por el hecho de que los riesgos de insolvencia.

3. Promover mejoras de calidad de la administración de riesgos.

En vinculación a este tercer objetivo, cabe destacar que el sector asegurador europeo está trabajando en la creación de modelos muy estudiados y muy complejos, que pueden conducir a resultados menos de los deseados, dado que este objetivo de la directiva puede suponer que muchas compañías incurren en gastos ineludibles si quieren cumplir con los requerimientos de la nueva normativa.

così, no podemos evitar que esta directiva proponga un cambio profundo en la forma de operar y esto impacte a las aseguradoras con:

  • Costos masivos para adaptar los procesos comerciales y de TI al cumplimiento normativo.
  • Problemas de gobernanza sistémica y calidad de los datos que cambian los tiempos de implementación.
  • Tiempos de implementación ambiciosos y poco realistas.

El impacto y tiempo de implementación de esta nueva forma de ponderar el riesgo de cada operación dependerá de la capacidad de adecuar su infraestructura de información a los nuevos requisitos y de la capacidad de cumplir con esta disposición técnica. Allo stesso tempo, los costes derivados podrían repercutirse en el cliente aumentando el precio de renovación de su póliza.

Proprio per quello, lo ideal sería que para minimizar costes y daños tanto para el asegurador como para el asegurado, Solvencia II considerara modelos de administración de riesgos existentes, adaptándolos a la nueva normativa.

Solvencia II entrará en vigor entre 2014 e 2017. Esta indefinición, así como los retrasos aprobados, han llevado a algunas entidades a relajar y ralentizar los procesos de adaptación a la nueva normativa de capital. Los nuevos requerimientos suponen un trabajo de preparación más complejo que el previsto en 2009 por el legislador.

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